Hoja de Vida del Alcalde Municipal Información complementaria...

 

Objetivos

Orientar sus esfuerzos al fortalecimiento de las Instituciones Democráticas y la participación ciudadana, a través de la elaboración y ejecución del Plan de Desarrollo Municipal que asegure el bienestar de la Población del municipio de Aquitania Boyacá. El Alcalde ejercerá la Autoridad política, será el jefe de la Administración local, representante legal del municipio y la primera Autoridad de policía del municipio.

 

Funciones

Son funciones generales del Despacho del Alcalde:

  • Expedir las disposiciones y actuaciones que sean necesarias para el funcionamiento de la Administración Municipal de conformidad con la Constitución, las leyes, los decretos, las ordenanzas y demás normas y reglamentos emanados de autoridad superior.
  • Establecer, en coordinación con el Concejo Municipal, las políticas y directrices que guiarán el desarrollo social, económico y político del Municipio.
  • Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar, de manera general, los recursos humanos, financieros y materiales del municipio, buscando cumplir con la misión y objetivos establecidos, y en general dirigir las acciones de las dependencias municipales, garantizando la correcta aplicación de las normas y políticas establecidas en materia de control interno.
  • Dirigir y coordinar la formulación, aprobación y ejecución de las políticas, programas y planes de desarrollo que deban ejecutarse en el Municipio, tanto en sus áreas urbanas como rurales, en articulación con los planes de desarrollo departamentales y nacionales.
  • Dirigir y coordinar los servicios y ejecutar las obras públicas a cargo del Municipio a través de las dependencias respectivas.
  • Dirigir y coordinar el cumplimiento de la normatividad vigente en lo que le compete al Municipio.
  • Promover la participación comunitaria en la definición y ejecución de políticas y programas por desarrollar en el municipio.
  • Adelantar las acciones necesarias para la consecución de recursos con entidades y fondos de cofinanciación, tanto públicos como privados.
  • Coordinar y supervisar los servicios que presten las entidades nacionales y departamentales en el municipio.
  • Llevar la representación legal del Municipio en todos los actos, contratos, negociaciones, actuaciones y gestiones
  • Dirigir y adelantar la actividad contractual y las de ordenación de gasto y pagos del Municipio, las cuales pueden ser delegadas de conformidad con la ley.
  • Proponer para consideración de la entidad encargada de la vigilancia del sector las iniciativas de control, inspección y vigilancia, sobre áreas de competencia del Municipio.
  • Nombrar, dar posesión, remover, promover e incorporar de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes al personal del Municipio, dirigir la actividad de administración de personal, dictar los actos correspondientes y establecer las políticas generales en la materia.
  • Crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo requeridos para atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de la entidad, de conformidad con la ley.
  • Dirigir la función disciplinaria de acuerdo con la ley.
  • Dirigir, vigilar y controlar la administración de los bienes que constituyan el patrimonio del Municipio.
  • En general, emitir decretos, resoluciones y actos administrativos que se requieran en el desarrollo de la actividad técnica y administrativa del Municipio, de conformidad con las disposiciones vigentes.
  • Dirigir y coordinar todas las acciones relacionadas con la divulgación de las actividades del Municipio, incluidas las relativas a especificaciones técnicas y servicios que presta, a través de los diversos medios de comunicación, procurando un oportuno y veraz conocimiento de aquéllas por parte de la colectividad y, en general, trazar las políticas y dirigir lo referente al manejo de medios de comunicación.
  • Ejercer la dirección y control administrativo del proceso financiero y presupuestal.
  • Someter a la aprobación del Concejo Municipal el proyecto de presupuesto, las propuestas de modificación del presupuesto de conformidad con las normas presupuestales pertinentes, el balance anual y los estados financieros y, en general, las sugerencias que estime convenientes para el buen funcionamiento del Municipio.
  • Las demás que le señalen las disposiciones legales vigentes y todas aquellas funciones que se relacionen con la organización y funcionamiento del Municipio.

 

Horarios de Atención

Lunes a Viernes de 8am a 12pm y de 1pm a 5pm

 

Datos de Contacto

Télefono: (57-8) 7794118  

Correo electrónico: alcalde@aquitania.gov.co

Dirección: Calle 6 No. 6 45, Segundo Piso 

 

 

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